Elegibilidad

Determinando su Elegibilidad para el Esquema de AviationADR

Evaluar su elegibilidad para el esquema de AviationADR es un primer paso esencial para resolver su disputa aeronáutica. Este proceso garantiza que su queja caiga dentro de la jurisdicción de nuestros términos de referencia y normas establecidos. El esquema cubre una variedad de preocupaciones, desde problemas relacionados con interrupciones de vuelos y mal manejo de equipaje hasta desafíos que enfrentan los pasajeros discapacitados. Es importante señalar que el esquema de AviationADR es un servicio gratuito para los consumidores, proporcionando un camino eficiente y justo para la resolución de disputas en la industria de la aviación. Continúa leyendo para familiarizarte con los criterios de elegibilidad y entender el alcance de las quejas que manejamos.

El Rol del Adjudicador: Criterios para la Consideración de una Queja

Iniciar el proceso de resolución de quejas requiere cumplir ciertas condiciones que garantizan la legitimidad y la pertinencia del caso para nuestro sistema. El Árbitro, actuando como un tercero neutral, deposita confianza en estas premisas para promover un proceso de resolución justo y eficiente. Estas condiciones abarcan varios aspectos como el estado de la queja con la aerolínea miembro, la naturaleza de la queja, el acuerdo del quejoso y el miembro para arbitrar, y las reclamaciones dentro de los límites monetarios del sistema. Aclarar estos requisitos para considerar una queja ayuda a garantizar que tanto el quejoso como el miembro estén en la misma página antes de sumergirse en el proceso de resolución de disputas.

Aviation ADR ofrece un esquema GRATUITO de Resolución Alternativa de Disputas a los pasajeros que tienen quejas no resueltas con aeropuertos o aerolíneas. No es necesario obtener asesoramiento independiente o representación de terceros para presentar su queja.

El Adjudicador solo considerará, o continuará considerando, una queja si está satisfecho de que:

  • La queja se hace contra un miembro o una entidad que acepta regirse por los términos de referencia y las reglas de AviationADR en relación con la queja en particular;
  • la queja se le hace por o en nombre de las personas vivas que tienen o pueden tener derecho a hacer una queja;
  • El Procedimiento Interno de Quejas del Miembro se ha agotado, pero el Demandante sigue insatisfecho con cualquier observación realizada, o con las condiciones de resolución completa y final ofrecidas por dicho Miembro; o han pasado más de ocho semanas desde que el Demandante hizo la queja por primera vez al Miembro por escrito. Si el Miembro ignora la queja realizada o falla persistentemente en abordar la queja, el Demandante puede pedirle al Mediador que intervenga aunque no hayan transcurrido ocho semanas;
  • El tema de la queja no estaba contenido en un formulario de queja, ni en nombre del mismo Demandante previamente considerado por el Árbitro. Sin embargo, el Árbitro puede reconsiderar las quejas previamente consideradas si hay nueva evidencia relevante disponible y no se ha aceptado y pagado en su totalidad y como liquidación final ningún Premio;
  • El Adjudicador puede, en los casos establecidos en el Párrafo 13 de las Reglas de Membresía, no investigar una queja o puede discontinuar una investigación. No obstante estos casos, aún puede considerar cualquier queja presentada a él, siempre que:
    • no existe ningún otro organismo independiente relevante para la conciliación, arbitraje o adjudicación de quejas en relación con el asunto; y
    • él siente que está en su competencia hacerlo; y
    • ambas partes, el Demandante y el Miembro, están de acuerdo;
    • donde el monto reclamado por el Demandante excede el límite monetario definido anteriormente, el Árbitro informará al Demandante de ese límite a su jurisdicción y proporcionará la opción de interrumpir su consideración o continuar por acuerdo para limitar la reclamación al límite del premio.

Exclusiones Generales

El Adjudicador no debe investigar una queja (o cualquier parte de una queja), o debe interrumpir su investigación de una queja (o cualquier parte), si:

  • En cualquier momento en que al Adjudicador le parezca que es más apropiado que la queja sea tratada por un Tribunal o bajo otro procedimiento independiente de quejas, conciliación o arbitraje;
  • En cualquier momento que el Adjudicador descubra que una queja ya está siendo o ha sido considerada por un Tribunal, o por otro procedimiento independiente de quejas, conciliación o arbitraje, deberá suspender su investigación. Si ese otro organismo no está considerando todos los aspectos de la queja o si ese organismo no está diseñado para ofrecer compensación financiera al Demandante, el Adjudicador puede entonces reanudar su consideración de la queja;
  • En opinión del Árbitro, considera que el asunto es frívolo o vejatorio.

Nota Importante

  1. El uso del esquema de AviationADR es GRATIS para los consumidores
  2. Ni los consumidores ni los minoristas están obligados a obtener asesoramiento o representación independiente antes o durante el proceso de reclamación, aunque cualquiera de las partes puede optar por hacerlo.

AviationADR puede manejar las siguientes quejas:

  • Embarque denegado, vuelos retrasados o cancelados
  • Equipaje dañado, perdido o retrasado
  • Destrucción, daño o pérdida de artículos llevados o portados por un pasajero
  • Problemas enfrentados por pasajeros discapacitados o pasajeros con movilidad reducida
  • Cuestiones de comercio injusto
  • Precios
  • Falsificación